Derecho

15 de noviembre de 2023

¿En qué consiste la ‘sopa de letras’ de las finanzas verdes? (Parte I)

Ligia Catherine Arias-Barrera, Ph.D.*

En víspera de la reunión ambiental COP28 a realizarse en Dubái a partir del 30 de noviembre de 2023, hacemos bien en recordar algunos de los instrumentos regulatorios creados para fortalecer el ecosistema de las finanzas verdes. Con el objeto de promover una mayor claridad en el discurso de las finanzas verdes, en esta entrega nos referimos a algunas de las normas desarrolladas en el contexto de la Unión Europea, advirtiendo que la UE se ha posicionado como uno de los principales foros de regulación para la financiación sostenible, no sólo por el número de instrumentos adoptados y en proceso de discusión, sino por el claro carácter extraterritorial de los mismos.

En el contexto político de la UE, las finanzas sostenibles se definen como la financiación para respaldar el crecimiento económico, teniendo en cuenta las consideraciones ambientales, sociales y de gobernanza (ASG o ESG en inglés), lo que resulta en inversiones a más largo plazo en actividades y proyectos económicos sostenibles.

La estrategia europea sobre finanzas sostenibles fue presentada el 6 de julio de 2021, y desde entonces se han logrado avances significativos, con fuertes tendencias de aplicación extraterritorial. La Comisión de la Unión Europea ha presentado nuevos trabajos y discusiones relacionados con los ejes que la conforman:

  1. Taxonomía de la UE para actividades sostenibles: un sistema de clasificación que define criterios para las actividades económicas alineadas con una trayectoria de cero emisiones netas para 2050 y objetivos ambientales más amplios distintos del clima. En octubre de 2023, la Comisión lanzó el Mecanismo de Petición de Partes Interesadas sobre la Taxonomía UE en la Plataforma de Finanzas Sostenibles.
    La herramienta permite a las partes interesadas enviar sugerencias basadas en evidencia científica y/o técnica sobre nuevas actividades económicas que podrían ser añadidas a la Taxonomía de la UE o sobre posibles revisiones de actividades existentes.
  2. Divulgación corporativa de información en sostenibilidad: mediante la Directiva de Reporte de Sostenibilidad Corporativa (CSRD en inglés), una nueva ley de la Unión Europea que establece requisitos más estrictos para la producción de informes de sostenibilidad por parte de las empresas.

    A pesar de que la CSDR busca tener una amplia aplicación para el sector empresarial europeo, la Comisión Europea propuso el “Paquete de Alivio para las PYME”. Dicha iniciativa reduciría el alcance del CSRD al definir nuevas excepciones y limitar los efectos en la cadena de valor de la Directiva.

    La Acción 9 propuesta dice: “Las adaptaciones de los umbrales que definen una PYME según la Directiva de Contabilidad reducirán el número de empresas que actualmente entran en el ámbito de aplicación de los requisitos de informes de sostenibilidad bajo la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) […].”

    Por su parte, la Acción 14 sugiere “establecer un límite legal a la información que las Normas Europeas de Informes de Sostenibilidad pueden requerir que las grandes empresas obtengan de las PYME en su cadena de valor, y por lo tanto limitar los efectos descendentes.”
    Antes que reducir el ámbito de aplicación de la CSRD, sería aconsejable centrarse más en ayudar a las pequeñas empresas con herramientas y recursos para que se pueda recopilar información significativa sobre ESG en toda la cadena de valor.

    En este escenario es necesario tener presente que la CSRD ya apunta solo a una pequeña parte de las empresas europeas. En su forma actual, solo el 0.22% de las empresas europeas deben cumplir. Si ahora se reduce su alcance, terminamos con una regulación que nuevamente se dirige principalmente a las grandes empresas (que ya tienen obligaciones de reporte).

    El CSRD se creó para estandarizar, comparar y evaluar la información ASG. Si excluimos a más y más empresas y definimos excepción tras excepción, dicho ejercicio tiene un valor limitado. Además, la mayoría de las empresas a las que la propuesta busca excluir de la CSRD ya enfrentan solicitudes de divulgación de ASG por parte de socios comerciales más grandes. Proporcionar información ASG, más que un requisito regulatorio, ya es una realidad comercial.
  3. La CSRD y la Directiva Europea de Diligencia Debida (CSDDD en inglés). Están inextricablemente vinculados, ya que el CSDDD solo se aplica a empresas que caen bajo el alcance del CSRD, pero no deben ser equiparados entre sí. El CSDDD aún está bajo consideración, pero será una tarea significativa para aproximadamente el 34% de las empresas que caen bajo el alcance del CSRD. Se espera que entre en vigencia alrededor de 2025 o 2026, es decir, dentro de los primeros 2 años de la entrada en vigor del CSRD.

    El CSDDD se centra principalmente en la cadena de valor, asegurando que una empresa, especialmente aquellas de sectores de alto impacto, tenga “botas en el terreno”, por así decirlo, para garantizar que sus informes de sostenibilidad sean precisos y que sus iniciativas tengan un impacto real.
  4. Divulgación de sostenibilidad en servicios financieros: con el Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR en inglés), que establece cómo los participantes en los mercados financieros deben divulgar información sobre sostenibilidad, ayudando a los inversores a tomar decisiones informadas.
  5. Actividades de calificación ambiental, social y de gobernanza (ASG): con la nueva propuesta de reglamento sobre la transparencia y la integridad de las actividades de calificación ASG, que busca aportar confiabilidad, comparabilidad y transparencia en las calificaciones ESG existentes en el mercado.
  6. Estándar europeo de bonos verdes: con el reglamento sobre bonos verdes europeos, que establece un estándar europeo de bonos verdes (EUGBS en inglés) disponible para empresas y entidades públicas que deseen recaudar fondos en los mercados de capitales para financiar inversiones verdes, cumpliendo estrictos requisitos de sostenibilidad.
  7. Plataforma Internacional de Finanzas Sostenibles (IPSF en inglés): lanzada en octubre de 2019, es un foro para el diálogo entre responsables políticos, con el objetivo general de aumentar la cantidad de capital privado invertido en inversiones ambientalmente sostenibles.

En octubre de 2023, el Parlamento Europeo votó a favor de adoptar las Normas Europeas de Informes de Sostenibilidad (ESRS). Un paso crucial hacia adelante para la presentación de informes obligatoria.

Las ESRS son un conjunto integrado de normas que abarcan una amplia variedad de temas críticos de sostenibilidad, como el cambio climático, los derechos de los trabajadores y la conducta empresarial. Están diseñadas para ser interoperables con los Estándares de la Junta Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB), la Iniciativa de Reporte Global (GRI) y otras normas. Las ESRS se aplicarán a más de 50,000 empresas tanto en Europa como a nivel internacional.

Por otro lado, la OCDE publicó en octubre de 2023 una herramienta destinada a inversores institucionales titulada: ‘Gestión de riesgos e impactos climáticos a través de la debida diligencia para la conducta empresarial responsable (RBC)’. El propósito de esta herramienta es explicar cómo los inversores institucionales pueden aplicar el marco de debida diligencia de RBC para abordar los impactos climáticos adversos asociados con las empresas en las que invierten.

Entre las medidas de apoyo detalladas en la herramienta se incluyen recomendaciones sobre como incorporar consideraciones climáticas en las políticas y sistemas de gestión de los inversores; identificar y evaluar riesgos, impactos y oportunidades climáticos a nivel de activos, clase de activos y sector; y seguir la implementación y los resultados de la debida diligencia en la prevención y mitigación de impactos climáticos.

La herramienta de la OCDE también está diseñada para mostrar cómo el marco de debida diligencia de RBC funciona en conjunto con otras herramientas utilizadas para evaluar, gestionar y/o divulgar inversiones con impactos relacionados con el clima, como el Grupo de Trabajo sobre Divulgaciones Financieras Relacionadas con el Clima (TCFD) del FSB, el Marco de Inversión Neto Cero y Climate Action 100+.

Este informe también adquiere relevancia en el contexto de las negociaciones en curso sobre la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Empresarial (CSDDD), demostrando cómo los inversores pueden llevar a cabo de manera efectiva la debida diligencia climática.

En este contexto, el reto regulatorio empieza con el relacionamiento de los usuarios de las normas con la explosión de siglas y requisitos a los que se enfrentan. Nuestro propósito es apoyar el proceso de educación alrededor de las finanzas sostenibles.


* Profesora Derecho Financiero,Departamento de Derecho Comercial, Universidad Externado de Colombia

Referencias relevantes

EU taxonomy for sustainable activities https://finance.ec.europa.eu/sustainable-finance/tools-and-standards/eu-taxonomy-sustainable-activities_en

CSDR https://finance.ec.europa.eu/capital-markets-union-and-financial-markets/company-reporting-and-auditing/company-reporting/corporate-sustainability-reporting_en

CSDDD https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX%3A52022PC0071

SFDR https://finance.ec.europa.eu/sustainable-finance/disclosures/sustainability-related-disclosure-financial-services-sector_en

Parlamento Europeo, Estándar para Bonos Verdes https://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/ATAG/2023/753940/EPRS_ATA(2023)753940_ES.pdf

ESRS https://finance.ec.europa.eu/news/commission-adopts-european-sustainability-reporting-standards-2023-07-31_en

OCDE, Actualización de las Directrices sobre Conducta Empresarial Responsable (Junio 2023).  https://mneguidelines.oecd.org/mneguidelines/

TCFD https://www.fsb-tcfd.org