Derecho

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26 de febrero de 2025

LA PROPUESTA ÓMNIBUS DE LA UE: UN RETROCESO CRÍTICO EN LAS NORMAS DE SOSTENIBILIDAD

Por: Ligia Catherine Arias-Barrera*

Las enmiendas propuestas a la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad Corporativa (CSDDD) representan un cambio regulatorio profundo con el objetivo declarado de reducir las cargas de cumplimiento y aumentar la competitividad de las empresas europeas, especialmente las pymes. Enmarcada dentro de los compromisos de la Declaración de Budapest y la EU’s Competitive Compass, la propuesta responde a críticas relacionadas con los requisitos de informes de sostenibilidad y la carga administrativa excesiva que han impuesto. Sin embargo, detrás de esta supuesta simplificación regulatoria se oculta un debilitamiento significativo de los marcos de transparencia y rendición de cuentas. Si bien la flexibilización regulatoria puede fomentar la agilidad empresarial, es fundamental evaluar sus consecuencias a largo plazo mediante una Evaluación de Impacto Regulatorio (RIA).

Aspectos Clave de la Propuesta y su Impacto Real

El cambio más trascendental de esta propuesta es la reducción de las obligaciones de información en un 25% para 2025, lo que implica una drástica simplificación de los requisitos de divulgación de sostenibilidad corporativa. Se prevé que casi el 80% de las empresas actualmente obligadas a reportar quedarán exentas, incluyendo todas las pymes cotizadas y las grandes empresas con menos de 1,000 empleados. En lugar de mantener la obligatoriedad de la divulgación ESG, se introduce un estándar voluntario de informes, lo que supone un giro radical desde el modelo de transparencia obligatoria hacia un sistema de cumplimiento basado en incentivos de mercado.

Desde un punto de vista económico, reducir los requisitos de informes aliviará la carga administrativa y permitirá a las empresas reasignar recursos financieros y humanos a otras áreas. También podría mejorar la competitividad europea atrayendo inversiones en sectores menos regulados. No obstante, es fundamental preguntarse si este cambio realmente fomenta la competitividad o, por el contrario, expone a las empresas a mayores riesgos financieros. Al eliminar la obligatoriedad de informar sobre sostenibilidad, los inversores enfrentarán serias dificultades para evaluar los riesgos ESG, lo que puede traducirse en un incremento en los costos de capital y una menor confianza en las empresas europeas.

En el marco de la CSRD, la propuesta no solo reduce los puntos de datos obligatorios, sino que también elimina requisitos sectoriales y amplía las opciones de exclusión para las pymes. Si bien esto podría ser beneficioso para las empresas que enfrentan costos de cumplimiento elevados, el impacto negativo sobre la disponibilidad de datos ESG no debe subestimarse. La falta de información relevante afectará a los inversores, entidades financieras y reguladores, comprometiendo la toma de decisiones basada en criterios de sostenibilidad. Además, la limitación de las obligaciones de reporte en la cadena de valor reducirá la visibilidad sobre los impactos ambientales y sociales indirectos, lo que podría derivar en un relajamiento de los estándares de sostenibilidad en toda la economía europea.

Los cambios en la CSDDD profundizan aún más la desregulación, limitando las obligaciones de diligencia debida exclusivamente a los socios comerciales directos, salvo que existan pruebas concretas de riesgos en la cadena de suministro. Este enfoque, lejos de ser una simple medida de eficiencia administrativa, representa un debilitamiento en la supervisión de los derechos humanos y los impactos ambientales en sectores con alto riesgo ESG, como la minería, la moda y la agricultura. Además, la reducción de la frecuencia de monitoreo de anual a cada cinco años introduce una laxitud inaceptable en la evaluación de riesgos emergentes. La eliminación del requisito de terminación de contratos en casos de incumplimiento convierte las sanciones en mecanismos esencialmente ineficaces, desplazando el enfoque de la regulación desde una perspectiva preventiva hacia una mera corrección reactiva.

Desde una perspectiva de coherencia regulatoria, la propuesta intenta armonizar la CSRD y la CSDDD con el Reglamento de Taxonomía de la UE y el Plan de Acción de Finanzas Sostenibles. Sin embargo, retrasar la aplicación de varias disposiciones durante dos años genera incentivos perversos para que las empresas posterguen sus inversiones en sostenibilidad. A medida que el resto del mundo avanza en la regulación ESG, la UE corre el riesgo de perder liderazgo en finanzas sostenibles, con la posibilidad de fragmentación regulatoria y pérdida de confianza de los mercados internacionales.

Evaluación de Riesgos y Oportunidades: La Necesidad de un Análisis Crítico

Una Evaluación de Impacto Regulatorio rigurosa es imprescindible para determinar si las reducciones en las cargas administrativas realmente generan beneficios netos para las empresas o, en cambio, conducen a un debilitamiento de la infraestructura regulatoria ESG en Europa. La simplificación a corto plazo puede parecer atractiva, pero los riesgos a largo plazo, como la erosión de la transparencia y la desconfianza en los mercados financieros, podrían superar cualquier ganancia de eficiencia.

Un análisis costo-beneficio debe evaluar si los ahorros en costos de cumplimiento se traducen en mayores inversiones en sostenibilidad o si, por el contrario, derivan en una menor adopción de prácticas ESG en el sector privado. El impacto en los mercados financieros es un indicador clave: si la reducción de los requisitos regulatorios genera dudas entre los inversores sobre la calidad de la información ESG, se podrían observar efectos adversos en la valoración de las empresas y en los flujos de inversión extranjera directa.

Desde una perspectiva social y de gobernanza, el debilitamiento de la debida diligencia podría derivar en un aumento en las disputas relacionadas con ESG. Si la relajación de las normas sobre cadenas de suministro conduce a un incremento en los casos de violaciones a los derechos humanos y daños ambientales, ello demostraría que la desregulación está debilitando la responsabilidad corporativa en lugar de mejorar la eficiencia regulatoria. Asimismo, el monitoreo de la adopción voluntaria de informes ESG será clave para determinar si las empresas exentas continúan proporcionando información relevante o si, como es previsible, muchas optan por la opacidad.

Un análisis de escenarios puede ayudar a anticipar las posibles consecuencias de estos cambios. En el mejor de los casos, algunas empresas seguirán reportando ESG de manera voluntaria, usándolo como una ventaja competitiva para atraer inversores. En el peor de los casos, la transparencia ESG se deteriorará de manera generalizada, la confianza de los inversores disminuirá y la divergencia regulatoria entre la UE y otras jurisdicciones globales se ampliará, debilitando la posición de Europa como referente en sostenibilidad corporativa.

Un Cambio Regulatorio con Consecuencias de Largo Plazo

Las enmiendas propuestas a la CSRD y la CSDDD no son meras medidas de simplificación burocrática, sino una transformación profunda en la filosofía de regulación de la sostenibilidad en la UE. Si bien la reducción de cargas administrativas es un objetivo legítimo, debe garantizarse que esto no se traduzca en un retroceso en la rendición de cuentas corporativa y la transparencia ESG. La UE debe considerar cuidadosamente los impactos de estos cambios y asegurarse de que la competitividad y la sostenibilidad no sean presentadas como objetivos mutuamente excluyentes. Para evitar que estos cambios erosionen el liderazgo global de Europa en finanzas sostenibles, será crucial un monitoreo continuo de los efectos en el mercado, la respuesta de los inversores y la efectividad de la regulación en la promoción de prácticas empresariales responsables.

Documentos relevantes

* Profesora de Derecho Financiero- Departamento Derecho Comercial (Universidad Externado de Colombia). Ph.D. en Derecho Financiero de University of Warwick (Reino Unido), como becaria del Banco de la República. Máster en Derecho Comercial y Corporativo de Queen Mary University of London (Reino Unido). Autora del libro ‘Regulation and Supervision of the OTC Derivatives Market’ publicado por la editorial Routledge en 2018, reconocido por BookAuthority como uno de los mejores libros de derecho bancario de todos los tiempos. Igualmente, publicó el libro The Law of ESG Derivatives: Risk, Uncertainty and Sustainable Finance, con la editorial Routledge en 2024.

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