Seguros de automóviles y el problema de Uber (parte 2)
En el artículo 41 del Decreto 56 del 2015, se establecen las condiciones generales de cobertura del seguro, en las cuales se encuentra la inopobilidad de las excepciones a los beneficiarios, que quiere decir que las víctimas de los accidentes de tránsito, los beneficiarios o quienes tengan derecho al pago de los servicios de salud, indemnizaciones y gastos, no les serán oponibles excepciones derivadas de vicios o defectos relativos a la celebración del contrato o al incumplimiento de obligaciones propias del tomador.