Derecho

13 de octubre de 2015

Dura sanción al sector azucarero por cartelización empresarial

La Superintendencia con base en las denuncias interpuestas a partir de 2010 por varios empresarios consumidores de azúcar, inició una investigación administrativa contra las empresas del sector azucarero alegando que presuntamente habrían incurrido en la celebración de un acuerdo anticompetitivo dirigido a impedir u obstruir el ingreso de agentes al mercado del azúcar en Colombia y concretamente de los importadores.

La Superintendencia con base en las denuncias interpuestas a partir de 2010 por varios empresarios consumidores de azúcar, inició una investigación administrativa contra las empresas del sector azucarero alegando que presuntamente habrían incurrido en la celebración de un acuerdo anticompetitivo dirigido a impedir u obstruir el ingreso de agentes al mercado del azúcar en Colombia y concretamente de los importadores. Llevada a término la etapa de investigación, se concluyó que los ingenios azucareros venían implementando, desde hace varios años, estrategias dirigidas a bloquear la entrada al país de azúcar proveniente del exterior.

El acuerdo anticompetitivo se concretó por un lado en evitar el aumento de la oferta y la disminución del precio interno que pagan los consumidores y la industria, por otro lado, asegurar y mantener el control sobre los excedentes de azúcar de los principales ingenios de la región para que no pudieran ser exportados a Colombia, lo cual dio lugar a la imposición de una multa tasada en $320 MIL MILLONES de pesos. Contra esta decisión procede el recurso de reposición ante el Superintendente de Industria y Comercio, para lo cual los sancionados cuentan con 5 días.

Al respecto uno de los puntos que mayor debate ha generado es el relativo al monto de la sanción interpuesta por la Superintendencia, ya que se pregunta si la misma resulta proporcional a la conducta anticompetitiva desarrollada por las empresas investigadas, máxime si se tiene en cuenta que es la mayor sanción impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio por conductas de esta naturaleza.

En opinión de la Superintendencia “las multas impuestas a los ingenios no superan el siete por ciento (7%) de sus ingresos operaciones anuales ni el siete por ciento (7%) de su patrimonio”, con lo que en principio pareciera que una sanción de esta embergadura no tendría un efecto negativo en la economía de los ingenios sancionados.

En un sentido inverso a la opinión de la entidad el presidente y vocero de los agricultores del Valle del Cauca, Francisco José Lourido, señaló para Blu radio que una sanción como ésta tiene un efecto negativo muy fuerte para los recursos del sector azucarero, “Incluso, dijo que también se verán afectados los empleos que genera el gremio.” (escuchar entrevista en Blu Radio)Así mismo el exministro Néstor Humberto Martínez, abogado del gremio de los azucareros se refirió a la multa como una pena de muerte contra la industria azucarera ya que son “de tal tamaño que de un solo tajo se impone una sanción que se lleva las utilidades de toda la industria azucarera nacional.” (escuchar entrevista en Blu Radio).

Pero hay otro punto que llama la atención y es respecto de la intervención del Fondo de Estabilización de Precios (FEPA), que al ser un instrumento de intervención estatal que durante varios años ha venido adoptando decisiones sobre importaciones y la repartición de cuotas de producción de azúcar en el mercado colombiano, se pregunta ¿la cartelización azucarera está legalmente constituida? En este punto la Superintendencia se pronunció exonerando por la conducta de cartelización empresarial de reparto de cuotas de producción o suministro de azúcar en Colombia, ya que por expresa disposición legal, tiene restringidas sus facultades sancionatorias, sin embargo, ordenó realizar una revisión en un término de seis meses e implementar nuevas metodologías para garantizar que dicho instrumento se ajuste a la ley.

Ver Resolución 80847 de 2015 Superintendencia de Industria y Comercio