Derecho

26 de septiembre de 2017

Nuevas sanciones de tipo financiero del gobierno de los Estados Unidos a Venezuela

Cuando un gobierno y sus entidades ven restringida esa forma de financiación, pueden ver seriamente perjudicado el cubrimiento de sus necesidades de liquidez tanto en el corto como en el mediano y largo plazo, afectando tanto la operación de sus empresas como el buen funcionamiento del Estado.

En el contexto global actual, las transacciones financieras internacionales y en particular aquellas relacionadas con el mercado público de valores, tienen un papel preponderante en la financiación tanto de las empresas privadas como de los gobiernos y entidades públicas.

Por lo anterior, cuando un gobierno y sus entidades ven restringida esa forma de financiación, pueden ver seriamente perjudicado el cubrimiento de sus necesidades de liquidez tanto en el corto como en el mediano y largo plazo, afectando tanto la operación de sus empresas como el buen funcionamiento del Estado.

Este es el caso de Venezuela, país que en los últimos meses ha sido objeto de diferentes medidas expedidas por el Gobierno Trump, las cuales van desde la cancelación de visas y restricción de viajes a funcionarios públicos y sus familias, hasta sanciones de tipo financiero al Gobierno venezolano.

Queremos referirnos en particular, a la orden ejecutiva expedida por el Presidente Trump en Agosto 25 de 2017.

Esta orden ejecutiva restringe las transacciones de deuda y acciones del Gobierno venezolano y sus entidades públicas y contiene sanciones que prohiben transacciones sobre deuda emitida antes del 25 de agosto del presente año (salvo excepciones especificamente establecidas), transacciones sobre deuda expedida en o despues de Agosto 25 (con duración mayor a 30 dias y para PDVSA con duración mayor a 90 días), prohibe la compra de valores del Gobierno de Venezuela dentro del territorio de los Estados Unidos y prohibe el pago al Gobierno de Venezuela de dividendos obtenidos por entidades públicas venezolanas, dentro de la jurisdiccion de los Estados Unidos.[1]

Estas prohibiciones aplican a personas de Estados Unidos y a transacciones dentro de los Estados Unidos y aplican solo para cuando el Gobierno de Venezuela aparece como deudor. En todo caso, se interpreta que estas sanciones no son medidas de bloqueo puesto que la violación a las mismas no generaría el congelamiento de los activos relacionados, sino que generaría como resultado el rechazo de la transacción violatoria.[2]

En cuanto al pago al Gobierno de Venezuela de dividendos de sus entidades controladas, este se prohibe, al igual que se prohibe la compra directa o indirecta por parte de una persona de los Estados Unidos o dentro de los Estados Unidos, de valores del Gobierno de Venezuela.[3]

Estas son medidas sancionatorias a un régimen que es considerado por los Estados Unidos como dictatorial, y tienen como fin asilar económicamente la dictadura de Maduro, golpear la financiación a corto plazo del régimen y presionar para que se reestablezca la democracia en Venezuela.[4]  A continuación transcribimos un fragmento de la declaración del secretario de prensa de los Estados Unidos sobre las nuevas sanciones financieras a Venezuela, donde se refiere a estas en los siguientes términos: “(…) Estas medidas han sido calibradas minuciosamente para negar a la dictadura de Maduro una fuente clave de financiamiento que le permita mantener su régimen ilegítimo, impedir que el sistema financiero de los Estados Unidos sea cómplice de la corrupción en Venezuela y del empobrecimiento del pueblo venezolano, y permitir la asistencia humanitaria. (…)”.[5]

De lo anterior se puede concluir que esto es apenas el comienzo de más medidas por parte del Gobierno de los Estados Unidos para continuar presionando al Gobierno de Maduro hasta que bajo la óptica de aquel, se reestablezca la democracia en Venezuela.


[1] U.S. Sanctions New Debt and Equity Issuances by Venezuelan Governmenthttps – Cleary Gottlieb
[2] Ibídem
[3] Ibídem
[4] Declaración del secretario de prensa sobre nuevas sanciones financieras a Venezuela
[5] Ibídem